¿Cuánto vas a pagar por cada Diputado?

¿Están justificadas las cantidades percibidas por los diputados como depositarios de la soberanía española?
La crisis económica que ha arrastrado España en los últimos años, ha hecho resurgir el debate en las calles en torno al régimen económico de los diputados. ¿Sale tan caro el mantenimiento de sus señorías?
La Constitución Española, en virtud del art. 71.4, deja en manos de las Cámaras la determinación de una cantidad fija que habrán de recibir tanto diputados como senadores en concepto de sueldo mensual.
Junto con dicha asignación constitucional, los gastos de representación, los gastos de libre disposición, las indemnizaciones, el sufragio de los gastos de transporte, las dietas y la dotación tecnológica, conforman el “Régimen económico y de ayudas de los señores diputados”
Esas ayudas complementarias encuentran su base legal en el art. 8.2 del Reglamento del Congreso de los Diputados en cuya redacción son definidos como gastos que se consideran indispensables para el cumplimiento de su función como representantes de la soberanía nacional.
Todos los diputados cobran mensualmente 2.813,87 euros, de los cuales el 10% se destina a un plan de pensiones privado. Ahora bien, a determinados cargos se les dota de unos gastos de representación que pueden llegar a alcanzar los 1.700 euros. Esas personalidades del Congreso son:
- Presidente
- Vicepresidentes
- Secretarios
- Portavoces
- Portavoces adjuntos
- Presidentes de Comisión
- Vicepresidentes de Comisión
- Secretario de Comisión
- Portavoz de Comisión
- Portavoz adjunto de Comisión
Únicamente al Presidente, a los Vicepresidentes y a los Secretarios se les asigna también el complemento de miembro de Mesa y gastos de libre disposición.
En lo que respecta a las indemnizaciones, a los diputados que son de una circunscripción distinta de Madrid se les abona una cuantía mensual de 1.823,86 euros, reduciéndose a 870,56 euros en el caso de los electos por Madrid.
En concepto de transporte, la Cámara baja paga directamente el billete a la empresa del medio público utilizado, ya sea, avión, coche, tren o barco. En el caso de los desplazamientos en automóvil propio al Congreso, éste cubre 0,25 euros por kilómetro y los peajes de autopista, siempre y cuando esas cantidades estén debidamente justificadas.
A lo anterior hay que añadir la disponibilidad de una tarjeta para el pago del taxi en Madrid con un límite de 3000 euros anuales en aquellos casos en los que los diputados no se les atribuya vehículo oficial.
El coste de las dietas se cifra en 150 euros al día, si sus señorías viajan al extranjero o en 120 euros, si se desplazan dentro del territorio nacional.
Además, se les dota de un equipo tecnológico que incluye un iPad y un teléfono móvil pues, tanto la documentación de los diferentes órganos del Congreso como el Diario de Sesiones y el Boletín Oficial de las Cortes Generales, son enviados electrónicamente.
A nivel laboral no están sometidos a un control de asistencia a los debates, basta con que estén presentes en la votación.
Unido a todo ello, los Grupos Parlamentarios de los que forman parte los diputados reciben una dotación económica invariable de 28.597,08euros mensuales y una variable en función del número de ellos que actualmente es 1.645, 49 euros. Y, en el caso de los exministros, a su pensión por ostentar tal condición se une su sueldo como diputados.
Con todo lo dicho anteriormente, ¿están entonces justificadas las cantidades percibidas por los diputados como depositarios de la soberanía española? ¿O, por el contrario, se han de reducir?